El Grupo de WhatsApp: un nuevo quiebre en la Corte y la furiosa interna dentro del Gobierno

grupo whatsap

La demanda había sido presentada por la madre de dos víctimas de abuso sexual, que consideró que una decisión de un tribunal penal revictimizaba a sus hijas.

En votación divida, la Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia

En votación divida, la Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia compuesta por María Teresa Day, Julio Gómez y Pedro Llorente rechazó la demanda contra uno de sus pares, el actual ministro de ese tribunal, José Valerio. Junto con los jueces Arlington Roberto Uliarte y Ramón Ariel Spektor, habían sido acusados ​​de revictimizar a dos niñas que sufrieron abuso sexual, porque ordenaron que prestaran una nueva declaración en Cámara Gesell.

La acción judicial, iniciada en 2016 por la madre de las menores, también incluyó al Gobierno de Mendoza como responsable solidario por el accionar de sus funciones.

Los hechos se remontan a 2015, cuando las niñas de 11 y 13 años en ese momento, denunciaron haber sido abusadas por su padre biológico. En septiembre de ese año, brindaron testimonio en la Cámara Gesell como parte de la investigación penal.

“En su fallo, la Corte, con los votos de los ministros Julio Ramón Gómez y Pedro Jorge Llorente, decidió que la medida adoptada por los magistrados no fue arbitraria ni contraria a derecho.”.
— Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza

Sin embargo, en junio de 2016, durante el juicio oral, la Segunda Cámara en lo Criminal que integraban en ese entonces Valerio -antes de llegar a la Corte-, Uliarte y Spektor ordenó una nueva prueba a través de una Cámara Gesell con el argumento de garantizar el derecho de defensa del acusado y esclarecer aspectos no abordados en la primera instancia.

La querella sostuvo que esta decisión implicó una revictimización y una vulneración de sus derechos, por lo que exigió una indemnización de $805.000 por daño moral.

En su fallo, la Corte, con los votos de los ministros Julio Ramón Gómez y Pedro Jorge Llorente, decidió que la medida adoptada por los magistrados no fue arbitraria ni contraria a derecho.

Argumentaron que la segunda entrevista bajo esa determinada modalidad fue realizada con la supervisión de especialistas en abuso infantil, con la presencia de una asesora de menores y con el consentimiento de la querella en ese momento. Además, destacaron que el testimonio obtenido resultó clave para la condena del agresor.

Por otro lado, la jueza María Teresa Day votó en disidencia al considerar que la decisión de tomar una nueva declaración a los menores sí constituyó un acto de revictimización.

Sostuvo que los jueces debían priorizar el principio de protección de la infancia y evitar someter a las niñas a la repetición de un testimonio traumático, en línea con normativas nacionales e internacionales sobre violencia de género e infantil.

Fuente de información en: https://www.elsol.com.ar/mendoza/la-suprema-corte-fallo-a-favor-de-jose-valerio-por-un-caso-ocurrido-cuando-era-juez-penal/

Descargar Sentencias